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6. Para calcular el incremento de patrimonio en el I.R.P.F. la Administración se encuentra vinculada por el valor determinado a efectos del I.S.D.
5. El período de generación de la pensión de Seguridad Social que la empresa satisface al trabajador entre los 60 y los 65 es de cinco años.
4. La guarda y custodia de los hijos no determina la convivencia con los hijos menores para el cómputo de la correspondiente reducción en el impuesto.
3. El certificado de empadronamiento establece una presunción de habitualidad de permanencia en la vivienda a efectos de la deducción en el I.R.P.F.
2. Si en los recursos de escasa cuantía no existiese condena en costas se daría la paradoja de obtener una Sentencia favorable y asumir unos costes superiores al derecho restaurado.
1. El régimen jurídico por el que se rige la responsabilidad de los administradores es el vigente en el momento de producirse los hechos generadores de ésta.
16. La revisión en vía administrativa en materia tributaria debe ajustarse al procedimiento legalmente establecido incluso si ha sido solicitada por un Juez de lo Penal.
Hacienda prevé bajar el tipo del Impuesto de Sociedades y suprimir las deducciones
El ejercicio del derecho a la deducción de las cuotas de I.V.A. soportadas no está condicionado a su registro en el libro correspondiente