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La existencia formal de una sociedad mercantil no justifica la posibilidad de que en ausencia de ingresos y empleados se admitan las deducciones de las cuotas de I.V.A. soportado.
Dos certificaciones de entidades bancarias denegando la concesión de aval para garantizar la suspensión de la liquidación impugnada bastan para acreditar la imposibilidad de prestar garantía.
No es conforme a Derecho la notificación de sanción tributaria que no acompaña el documento de ingreso al causar indefensión.
La mera reiteración de la petición de aplazamiento no equivale a la existencia de una situación de dificultad estructural y no transitoria de tesorería de la empresa.
Los actos administrativos no se consideran firmados cuando aparece estampillado el órgano responsable sin intervención directa de la persona titular del mismo.
En los casos de compensación de oficio del art. 66 R.G.R. no se requiere la previa notificación de la providencia de apremio.
No procede la devolución de lo ingresado en concepto de A.J.D. por una escritura errónea si no se ha reconocido la nulidad en resolución firme judicial o administrativa.
Para determinar si un préstamo de padre a hijo encubre una donación debe tenerse en cuenta la relación entre éstos y la situación económica del hijo.
La operación por la que una sociedad otorga simultáneamente a empresas vinculadas un derecho de ocupación en precario sobre el mismo edificio se considera arrendamiento.