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En caso de inexistencia de repercusión previa del impuesto, su posterior gravamen exige que se hubiese expedido la factura o documento análogo correspondiente a la operación.
No constituye una dilación del procedimiento inspector imputable a la empresa el tiempo de vacaciones anuales que disfrutan sus trabajadores.
En las operaciones a plazo, la alteración patrimonial en el I.R.P.F. debe supeditarse al momento de adquisición dominical de los títulos.
La pensión reconocida por la jurisdicción civil a la pareja de hecho derivada de los años de convivencia no da derecho a reducción en la base imponible del I.R.P.F.
Las cantidades satisfechas por la empresa como consecuencia de incapacidad permanente absoluta no están exentas del I.R.P.F. ya que no son reconocidas por la Seguridad Social o entidad que la sustituya.
Procede la reducción de la base imponible en concepto de pensión compensatoria desde la resolución judicial que aprueba el Convenio Regulador y no desde la presentación de la demanda.
Los gastos correspondientes a obras de reconstrucción del inmueble arrendado por inhabitabilidad no son deducibles en el I.R.P.F. como gastos de conservación.
El local afecto a una actividad económica titularidad de ambos cónyuges en régimen de gananciales no pierde esta consideración por el hecho de que sólo uno de ellos ejerza dicha actividad.
El transcurso del plazo de tres meses para que la Agencia Tributaria conteste a la solicitud no supone que se conceda el disfrute de los beneficios fiscales si no se cumplen los requisitos.