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Archivos del Autor: Redacción
Cabe la aplicación de la doctrina del levantamiento del velo para determinar la solidaridad de deudas tributarias en caso de utilización de sociedades ficticias.
Para determinar la sucesión en la explotación económica es irrelevante que la compraventa se haya realizado dentro del proceso judicial de liquidación de la sociedad vendedora.
Los importes derivados de la distribución de la prima de emisión se integran en la base imponible del I.R.P.F. computando el 100 por 100 no de los importes recibidos sino de los rendimientos.
No cabe argumentar ante la Administración que por razón de la condición de no residente no existe la obligación de suministrar información respecto de sus rentas o bienes españoles.
Procede la deducción en el impuesto de los gastos concretos realizados para la consecución de Proyectos y trabajos llevados a cabo en el extranjero por una empresa de ingeniería.
Son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades los gastos por relaciones públicas en la medida en que contribuyen al objetivo de la empresa.
La actividad de concesión de créditos realizada por una Cooperativa olivarera es accesoria de la actividad principal y por tanto le es de aplicación el mismo régimen que a ésta.
En el caso de adquisición intracomunitaria no sujeta a I.V.A., no se prevé que el adquirente deba cumplir formalidad alguna dirigida a facilitar la gestión y comprobación del impuesto.
Aunque haya prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria, la Inspección puede comprobar la veracidad de las cuotas a compensar procedentes de ejercicios anteriores.