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Sentencias Fiscal
No procede la reducción en el I.R.P.F. de las cantidades abonadas a la Mutua si no se declaran rendimientos de la actividad profesional.
La Administración tiene derecho a repetir la comprobación de valores anulada ya que la falta de motivación constituye un vicio de anulabilidad y no de nulidad.
La obligación del responsable subsidiario existe sólo desde la declaración de fallido del deudor principal.
Es nula la notificación realizada si no consta la relación del receptor con el destinatario.
La prescripción del derecho a liquidar no se extiende a la acción de cobro de la deuda tributaria.
Las diligencias practicadas por la Administración sin contenido real no interrumpen la prescripción de las actuaciones.
La concesión de un aplazamiento notificado al sujeto pasivo cuando dos de los tres plazos concedidos ya han vencido resulta totalmente inútil.
El momento final del período en que se genera el incremento de valor del inmueble a efectos del I.I.V.T.N.U. es el del fallecimiento del causante, pese a que haya existido una donación anterior.
Las partidas correspondientes a los ascensores o aparatos elevadores forman parte de la base imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.