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Sentencias Fiscal
5. La renuncia a la aplicación del método de estimación objetiva debe hacerse según los plazos y métodos previstos reglamentariamente pero el incumplimiento de los mismos no es sancionable
4. Para beneficiarse de la deducción por adquisición de vivienda habitual se ha de ocupar la misma en el plazo de doce meses desde su adquisición
3. La exigencia del elemento de culpabilidad impide la existencia de sanción cuando se ha actuado mediante un criterio dispar al de la Administración pero razonable
2. En los supuestos de comprobación tributaria el plazo de prescripción es de cinco años si la interrupción de la prescripción se produjo con anterioridad al 1 de enero de 1999
1. La imposición del recargo único del 50% por presentación de autoliquidación fuera de plazo sin requerimiento previo es inconstitucional por carecer de procedimiento con audiencia al interesado
La suspensión en vía económico-administrativa del ingreso de las sanciones tributarias sin garantías debe aplicarse con carácter retroactivo.
Cualquier interpretación de la norma que suponga establecer un plazo preclusivo para el ejercicio de la potestad administrativa sancionadora no presume daño al interés público.
Cabe la revisión de los actos nulos de pleno derecho aunque hayan puesto fin a la vía administrativa o no hayan sido recurridos en plazo.
La ausencia de inscripción de la instalación en el Registro de Producción Eléctrica determina la sujeción al Impuesto Especial sobre la Electricidad.