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Sumario de la revista 114
SENTENCIAS FISCAL
- - Es conforme a Derecho que una Norma Foral conceda deducciones en el I.S. superiores a las establecidas por la legislación estatal..
- - El interesado personalmente en el proceso contencioso-administrativo debe ser emplazado personalmente y no mediante la notificación edictal..
- - Es nulo el embargo realizado a consecuencia de la prescripción de la liquidación tributaria del que el mismo deriva..
- - La suspensión sin necesidad de garantías es aplicable también cuando se impugna el apremio de las sanciones debido a su falta de notificación..
- - En la fiducia aragonesa, el I.S. se devenga en el momento de fallecimiento del causante y no en el de aceptación de herencia..
- - Las subvenciones comunitarias de forrajes deben incluirse en la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido..
- - Para imputar la infracción derivada del retraso en la presentación de una liquidación del I.V.A. es suficiente la simple negligencia..
- - Las prestaciones de servicios realizadas por un tenista profesional que percibe unas retribuciones por participar en torneos nacionales están sujetas y no exentas de I.V.A..
- - No existe transmisión del patrimonio empresarial a efectos de su sujeción a I.V.A. cuando se conservan los derechos de cobro, saldos bancarios y obligaciones de pago..
- - Únicamente cabe inteponer recurso de revisión contra resoluciones firmes no susceptibles de recurso..
- - Las cantidades percibidas por el contribuyente derivadas de un seguro de supervivencia deben computarse como incremento patrimonial oneroso..
- - No se considera incremento de patrimonio la subvención concedida por la Comunidad Autónoma para la ejecución de una obra de instalación eléctrica en la vivienda..
- - La suma satisfecha por el contribuyente por la compra de una vivienda para adjudicársela a su ex esposa como pensión compensatoria dan derecho a reducción de la base imponible..
- - Está exenta de I.R.P.F. la suma percibida en concepto de prestación familiar de protección por persona afectada por minusvalía de la que es destinataria la hermana de la misma..
- - Declarada la legitimación activa de la Organización de Consumidores y Usuarios para interponer el recurso contencioso-administrativo..
- - Sólo producen efectos interruptivos de la prescripción las declaraciones de nulidad de liquidaciones de pleno Derecho..
- - La utilización de información fiscalmente relevante obtenida de un previo registro domiciliario autorizado judicialmente en un proceso penal no supone vulneración de la inviolabilidad del domicilio..
- - La L.G.T. de 1963 permite derivar la responsabilidad a una persona jurídica administradora de otra si existe una intervención activa u omisiva de la misma..
A FONDO
- - LA RELACIÓN LABORAL DE LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES.
- - El interés de demora en la devolución de lo ingresado en exceso en concepto de IVA.
- - APLICACIÓN PRÁCTICA DE LA NUEVA LEY GENERAL TRIBUTARIA A LOS AYUNTAMIENTOS.
- - LA RELACIÓN LABORAL DE LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES.
- - ¿Cuáles son las obligaciones fiscales de los no residentes en materia de inmuebles?.
- - El interés de demora en la devolución de lo ingresado en exceso en concepto de IVA.
- - APLICACIÓN PRÁCTICA DE LA NUEVA LEY GENERAL TRIBUTARIA A LOS AYUNTAMIENTOS.
- - ¿Cuáles son las obligaciones fiscales de los no residentes en materia de inmuebles?.
ADMINISTRACIóN
FORMULARIOS
NOTICIAS
- - La liquidación de una herencia por el I.S.D. debe realizarse en proporción al haber hereditario.
- - A las ejecuciones de obra de urbanización de una parcela directamente concertada con el promotor le es aplicable el tipo del 7% de I.V.A..
- - Entra en vigor la nueva redacción del Código Penal que eleva a 120.000 euros el límite para considerar que existe el delito fiscal.
- - Solbes recuerda a las Autonomías que no pueden gastar más sin subir impuestos.
- - La Agencia Tributaria ha enviado notificación del 64% de los expedientes sancionadores que se paralizaron por la entrada de la L.G.T..
- - Solbes eleva la previsión de déficit del Estado en 2004 por encima del 0,4% del P.I.B. calculado inicialmente.
- - Podemos utilizar en nuestro propio interés las contestaciones a consultas tributarias presentadas por otras personas.
- - La fecha de prescripción de los documentos privados que deban presentarse a liquidación, se presume que es la fecha de su presentación a liquidación.