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Sumario de la revista 107
EDITORIAL
SENTENCIAS FISCAL
- - Las cuotas soportadas por los servicios telefónicos y de fax utilizados simultáneamente en la actividad profesional y en necesidades privadas no son deducibles en el I.V.A..
- - El plazo de prescripción de cuatro años del derecho a la devolución de ingresos indebidos se computa desde el momento en que se dictó la Resolución del T.E.A.R..
- - Las necesidades del servicio no constituyen una justa causa de sustitución del funcionario de la Inspección de los Tributos que ha iniciado las actuaciones..
- - El informe del perito designado por el sujeto pasivo para valorar los bienes y derechos debe hallarse visado por el Colegio profesional correspondiente..
- - La constitución de una comunidad de bienes para la explotación de un inmueble en arrendamiento constituye el hecho imponible del I.T.P. por el concepto de Operaciones Societarias..
- - La donación de una suma de dinero de naturaleza ganancial no comporta la existencia de dos donaciones procedentes de cada uno de los esposos donantes..
- - El exceso de adjudicación derivado de un bien indivisible no está sujeto a gravamen por el Impuesto en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas..
- - No cabe la repercusión del I.V.A. a los clientes de una empresa de publicidad directa que realiza el envío de correspondencia por cuenta de los mismos..
- - La cesión de los derechos de explotación de apartamentos turisticos no se incluye dentro de la exención en el I.G.I.C., ya que se trata de un contrato atípico distinto del arrendamiento..
- - No procede la imputación al socio de la deducción por doble imposición de dividendos cuando la base imponible no es positiva, sino de cero pesetas..
- - Los gastos de viaje y alojamiento satisfechos a profesionales sanitarios para la asistencia a Congresos son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades..
- - Si la entidad colaboradora carga por error el importe del segundo plazo del I.R.P.F. en la cuenta de una sucursal distinta a aquélla en la que se efectuó el ingreso del primer plazo no se devengará recargo de apremio..
- - No procede la alegación del arrendatario para evitar el desahucio por falta de pago de la falta de obligación de ingresar el 15% de la renta en concepto de retenciones..
- - Las retribuciones percibidas por un rejoneador por su participación en espectáculos taurinos se consideran rendimientos del trabajo y no rendimientos de actividades económicas..
- - Los intereses de un préstamo hipotecario solicitado para abonar una deuda que permita conservar la titularidad de una finca son deducibles en el I.R.P.F..
- - Es imprescindible la entrega del aviso de llegada al administrado por parte de Correos antes de proceder a la notificación edictal..
- - A efectos de prescripción los ingresos se imputarán al período en que se hubiesen devengado, con independencia del momento en que se produzca el cobro de los mismos..
NOTICIAS
- - El 85% de los contribuyentes podría dejar de pagar el Impuesto sobre el Patrimonio.
- - Hacienda estima que en los dos primeros días de campaña de I.R.P.F. habrá efectuado unas 100.000 devoluciones.
- - El Gobierno dará prioridad a la lucha contra el fraude sobre la reforma del I.R.P.F. en esta legislatura.
- - Bruselas desea evitar la doble imposición internacional a las empresas.
- - El tipo de I.V.A. de los discos y cederrones se reducirá del 16% al 4% a partir de 2005.
- - Las Cámaras de Comercio certificarán por Internet declaraciones tributarias.
- - Los contribuyentes creen que la Administración informa mal de sus cuentas.
- - La Comisión Europea solicita colaboración pública y privada para combatir el crimen financiero.
- - La Agencia Tributaria deja más de 7.500 millones en Actas fiscales aún sin cobrar.
- - El Ejecutivo estudia subir los Impuestos Especiales que afectan al tabaco para compensar el descenso del I.V.A. al 4% en determinados productos.
- - La reforma fiscal del PSOE incluirá nuevos ÖImpuestos EcológicosÖ.
A FONDO
- - LA INDEPENDENCIA DEL AUDITOR.
- - RESPONSABILIDAD PENAL POR ACCIDENTES LABORALES.
- - LA NUEVA NORMATIVA SOBRE EMISIÓN DE FACTURAS.
- - LA INDEPENDENCIA DEL AUDITOR.
- - PRESENTANDO LA DECLARACIÓN DE I.R.P.F. Y PATRIMONIO 2003.
- - RESPONSABILIDAD PENAL POR ACCIDENTES LABORALES.
- - LA NUEVA NORMATIVA SOBRE EMISIÓN DE FACTURAS.
- - PRESENTANDO LA DECLARACIÓN DE I.R.P.F. Y PATRIMONIO 2003.