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Sumario de la revista 124
EDITORIAL
SENTENCIAS FISCAL
- - Si la empresa no acredita la realización de actividad empresarial alguna es improcedente la deducción de las cuotas soportadas..
- - Las normas de la Ley de Enjuiciamiento Civil son de aplicación supletoria al procedimiento de gestión tributaria..
- - La Administración pierde el derecho a realizar una nueva comprobación de valores si se repite la valoración con la misma falta de motivación..
- - Los edictos de notificación de reclamaciones por descubiertos de cuotas y providencias de apremio están exentos de la tasa por inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la provincia..
- - El contratista a quien se adjudica la construcción de la obra es sustituto del contribuyente a efectos del devengo del I.C.I.O..
- - No procede la denegación de la exención en el I.B.I. en base a que la calificación catastral del inmueble no se corresponda con su realidad física..
- - No cabe la deducción de la base imponible del Impuesto de las deudas pendientes del causante que fueran a favor de los herederos..
- - Declarada la no tributación por A.J.D. de una escritura de ampliación de capital social con cargo a reserva constituida exclusivamente por prima de emisión de acciones..
- - Una escritura de préstamo con garantía hipotecaria devenga el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados..
- - La permuta de una finca adquirida por un agricultor para permutarla por otra colindante no se considera hecho imponible de I.V.A..
- - El devengo del I.V.A. en las certificaciones de obra se produce en el momento del pago de la certificación final..
- - Los servicios prestados por los Registradores de la Propiedad a las Comunidades Autónomas como liquidadores de I.T.P. y A.J.D. no están sujetos al impuesto..
- - El plazo para la devolución del exceso retenido o ingresado por la aplicación de un Convenio de doble imposición es el específico y no el general para la devolución de ingresos indebidos..
- - Los suplidos no debidamente acreditados no son deducibles de los rendimientos de la actividad profesional..
- - Los honorarios de los Abogados no pueden considerarse como rendimientos irregulares a efectos de I.R.P.F..
- - El plazo de prescripción de los documentos privados se inicia desde la fecha de presentación a la autoridad judicial con independencia de la fecha del contrato..
- - No existe responsabilidad solidaria de la entidad bancaria en el supuesto de un pagaré emitido con anterioridad a la fecha del embargo que se abona a su vencimiento..
NOTICIAS
- - Se abre el plazo para solicitar el borrador del I.R.P.F. y la devolución rápida.
- - Los funcionarios interinos con anterioridad a 1998 serán fijos.
- - Rato defiende un incremento de la jornada laboral en Europa.
- - La tasa de ocupación femenina en España se sitúa entre las más bajas de Europa.
- - Los desempleados de larga duración percibirán una ayuda de 94 euros mensuales.
- - Los arrendatarios deberán incluir el dato catastral del piso arrendado en su declaración de I.R.P.F..
- - El Gobierno establecerá una bonificación fiscal del 85 por ciento a las sociedades dedicadas al arrendamiento de viviendas.
SENTENCIAS LABORALES
- - Los trabajadores fijos discontínuos tienen derecho a desempleo durante los períodos de falta de ocupación entre campañas..
- - La alegación de compensación de deudas en la contestación a la demanda no precisa haberse anunciado previamente como reconvención en la conciliación..
- - El permiso de maternidad debe ser tenido en cuenta íntegramente a efectos de ascensos a una categoría superior..
- - La igualdad retributiva de los trabajadores de ETT respecto a los de las empresas usuarias sólo alcanza al importe del salario convencional..
A FONDO
- - LA GESTIÓN DE I.R.P.F. EN 2005: EL SISTEMA DE DEVOLUCIÓN RÁPIDA.
- - FISCALIDAD DE LA ADQUISICIÓN, URBANIZACIÓN Y REPARCELACIÓN DE LOS TERRENOS (III).
- - LA GESTIÓN DE I.R.P.F. EN 2005: EL SISTEMA DE DEVOLUCIÓN RÁPIDA.
- - FISCALIDAD DE LA ADQUISICIÓN, URBANIZACIÓN Y REPARCELACIÓN DE LOS TERRENOS (III).